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¿Cuáles son las regulaciones del teletrabajo y el trabajo a distancia en Cuba publicadas en la Resolución 71?

Foto: Jorge Luis Borges | Cuba Noticias 360

Texto: Redacción Cuba Noticias 360

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social estableció un Reglamento sobre el teletrabajo y el trabajo a distancia, en medio del momento más difícil que vive la isla por el azote de la pandemia que ha obligado a no pocos a salir ámbito físico de su entidad laboral.

Publicada en la Gaceta Oficial, la Resolución 71 de este año regula dichas formas de trabajo en cuanto a objeto y ámbito de aplicación, la infraestructura tecnológica y el control de las actividades.

Este instrumento jurídico explica que los dispositivos y medios informáticos a utilizar por el trabajador, así como la conectividad en el caso del teletrabajo se garantizan por el empleador, el que certifica que poseen la calidad requerida para el desempeño de su trabajo.

En el caso de que los dispositivos y medios informáticos a utilizar sean propiedad del trabajador, el empleador tendrá que garantizar su mantenimiento y la conectividad necesaria que permita desarrollar el trabajo.

La norma, además, conceptualiza como trabajo a distancia “la forma de organización en la que el trabajador desempeña su labor alternando la presencia física en la entidad, su domicilio u otras unidades”.

En el referido documento, estructurado en tres Capítulos, seis Secciones, una Disposición Transitoria y una Disposición Final, se precisa el ámbito de aplicación de estas formas de organización del trabajo, se conceptualiza cada una de ellas, se determinan los elementos a incluir, en cada caso, en el contrato de trabajo o en el suplemento que firman las partes, según corresponda.

Por su parte, el teletrabajo se estipula como el intercambio de información que depende de las tecnologías, mediante el uso del correo electrónico, redes sociales, mensajería y otros mecanismos que garantiza el empleador.

Esta Resolución refleja que los trabajadores acogidos a esas formas de empleo reciben igual retribución por la labor realizada y tienen los mismos derechos que los que tienen presencia física en la entidad.

Aún cuando a esta variante de trabajo le falta mucho por organizarse, lo cierto es que el COVID-19 la ha incentivado, veremos si la infraestructura realmente acompaña al marco regulador.

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