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Panamá prorroga obligatoriedad de visado de tránsito para cubanos

Foto: Roy Leyra | CN360

Texto: Redacción Cuba Noticias 360

El gobierno panameño emitió un nuevo decreto sobre el visado de tránsito exigido a los cubanos que necesitan hacer una escala en la nación centroamericana para luego continuar su viaje a otros destinos.

El texto fue emitido por el presidente de Panamá, Laurentino Cortizo, y publicado en la Gaceta Oficial No. 29620 A, con fecha del 12 de septiembre de 2022.

Mediante el mismo se prorroga por tres meses más las mismas condiciones que venían aplicándose desde el pasado mes de marzo, momento en el que se comenzó a exigir el visado de tránsito a los viajeros cubanos debido al alto flujo migratorio registrado en esa nación.

El decreto presidencial refiere “que con el propósito de garantizar la sostenibilidad de la medida adoptada para controlar el flujo migratorio irregular por o desde nuestro país, se requiere modificar lo concerniente a la vigencia de la misma, de manera que podamos continuar atendiendo la situación de personas de nacionalidad cubana”.

Por tanto, la norma ratifica la obligatoriedad de una Visa para Pasajeros o Tripulantes en Tránsito como requisito para los ciudadanos de nacionalidad cubana que viajen hacia Panamá.

No obstante, no es necesaria para aquellos que viajan de regreso a la isla desde terceros países y hagan escala en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, en Ciudad Panamá.

El precio del trámite para solicitar la Visa de Tránsito es de 50 USD y la misma es válida para una sola entrada a Panamá. Además, tiene una vigencia de solo 24 horas, que es el tiempo máximo de espera que se puede permanecer en el aeropuerto panameño.

Los requisitos para solicitar este tipo de Visa a Panamá son los siguientes:

-Rellenar un formulario acompañado por dos fotografías de carné

-Fotocopia del pasaporte cubano

-Reservación aérea

-Copia del documento de identidad del país de residencia

-Comprobante de pago de los derechos consulares

Igualmente se aclaran los ciudadanos cubanos que están exentos de presentar Visa de Tránsito a Panamá, y son aquellos que:

-Posean residencia vigente o visa múltiple, previamente utilizada en el territorio del Estado otorgante, con una vigencia no inferior a seis meses al momento del tránsito, debidamente otorgada por Canadá, Estados Unidos de América, Mancomunidad de Australia, República de Corea, Estado del Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República de Singapur y cualquiera de los Estados que conforman la Unión Europea.

-Posean residencia permanente con una antigüedad de cinco años o más en terceros países y viajen de retorno a estos.

-Posean visa de ingreso vigente del país de destino final, Visas de tránsito y turismo aprobadas para Panamá.

-Mantengan vigente una visa de turismo o residencia de la República de Panamá.

Para este mes de septiembre, la aerolínea Copa Airlines informó que mantendrá 25 frecuencias de vuelos a la semana desde las provincias de Santa Clara y La Habana hacia Ciudad Panamá.

La terminal No.2 del Aeropuerto Internacional José Martí de la capital cubana contará con hasta tres vuelos diarios hacia Ciudad de Panamá, y con cuatro los martes y sábados. Mientras, en el aeropuerto Abel Santamaría, de Santa Clara, se recibirán dos vuelos semanales, los martes y jueves.

1 COMENTARIO

  1. yo tengo visa expedida por el gobierno panameño por cinco años y se me vence en febrero del 2024 entonces ces mi pregunta es TENGO QUE TENER 1000 DOLARES DE SOLVENCIA ECONOMICA O ME LA RENUEVAN EN PANAMA POR U N COSTO DE 150 DOLLARES,?

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