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Prohíben algunas actividades para actores económicos no estatales

Foto: RL Hevia

Texto: Redacción Cuba Noticias 360

El Decreto 107/2024, publicado este lunes, regula 124 actividades no autorizadas a ejercerse por las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) privadas, las cooperativas no agropecuarias (CNA), y los trabajadores por cuenta propia (TCP).

Una de las que más llama la atención es que el comercio al por mayor o mayorista de los productos autorizados solo puede realizarse por las Mipymes privadas y las CNA, como actividad principal mediante contratos con participación de entidades estatales.

La norma prohíbe el comercio al por mayor de los TCP, la venta de mercancías importadas sin carácter comercial o adquiridas en la red de comercio minorista; así como madera, armas de fuego, municiones, productos farmacéuticos y medicinas, sellos y monedas, medios no tripulados (aéreos, terrestres y marítimos), medios de transporte (excepto bicicletas), metales y minerales metalíferos, combustibles (excepto leña, biogás y lubricantes), medios técnicos y equipamientos de seguridad y protección física.

El carbón vegetal para la exportación solo pueden comercializarlo sus productores y la miel solo por empresas del Gobierno, además de que los materiales odontológicos, insumos médicos y material gastable para uso exclusivo de la salud humana solo pueden comercializarse al sistema de salud pública.

Queda vetado la venta de mercancías al por mayor de ron, cigarros, tabacos torcidos y en rama y las actividades de galerías de arte comerciales.

Destaca que, a pesar de la no producción de azúcar por parte del estado, esta actividad queda negada a los actores no económicos, así como la producción de aguas minerales naturales, la elaboración de productos de tabaco y la fabricación de calzado ortopédico especializado.

El sistema de propaganda se mantiene a manos del Gobierno al no permitir la impresión de periódicos, revistas, tabloides, libros, mapas, atlas, sellos de correos o ejercer las actividades de periodistas.

Las nuevas formas de gestión no podrán generar, transmitir, distribuir y comercializar energía eléctrica de origen fósil (aunque exceptúan la generación y comercialización de energía eléctrica con fuentes renovables de energía), ni la producción, distribución y comercialización de vapor y de aire acondicionado con el mismo criterio de excepción.

Quedan no autorizado un grupo de acciones de suministro de agua; evacuación de aguas residuales en aquellos asentamientos cuya población, certificada por la Oficina Nacional de Estadística e Información supere el número de 1000 habitantes, y gestión de desechos y descontaminación.

Limitan también las actividades de exhibición cinematográfica que incluye películas, documentales, series, novelas u otras obras similares; así como su puesta a disposición del público a través de soportes informáticos; creación de sellos discográficos, editoras musicales y entidades para la comercialización de discos y otros soportes fonográficos, además de la transmisión de radio y televisión.

Tampoco se podrán ejercer actividades de telecomunicaciones alámbricas, inalámbricas y por satélite que comprende el servicio público de acceso a internet; servicio telefónico básico; servicio celular de telecomunicaciones móviles terrestre; servicio de telefonía virtual; servicio de acceso a internet al público; servicio de conducción de señales; de ciberseguridad; procesamiento de datos, hospedaje y actividades conexa y agencia de noticias y otras actividades de servicio de información.

La Isla restringió algunas actividades financieras y de seguros, inmobiliarias, profesionales, científicas y técnicas, de servicios administrativos y de apoyo como el alquiler y arrendamiento de equipos recreativos y deportivos, los centros de llamadas, la convocatoria y organización de eventos internacionales.

Se prohíbe la enseñanza, excluyendo el cuidado de niños, previa autorización del director de Educación de la Administración Municipal, los profesores de música y otras artes; profesores de

taquigrafía, mecanografía o idioma; repasadores; clases de gimnasia aerobia; instructores de automovilismo y para la práctica de ejercicios físicos que no incluye las artes marciales y no se aprueba la constitución de academias.

Alertaron que las formas de gestión no estatales no titulan en ninguna de las modalidades docentes ni emiten certificados de cursos o talleres.

Coartan las actividades de programación cultural de música, artes escénicas, libros, artes, plásticas, cine, patrimonio y trabajo cultural comunitario; además de la gestión de salas de conciertos, de video, galerías de arte, librerías, casas de cultura, teatros y otras instalaciones similares.

1 COMENTARIO

  1. Casi es preferible q las cierren xq con tantas prohibiciones es difícil llevar un emprendimiento a buen fin. Sería más transparente….cambiar las reglas del juego a medio camino es injusto para quienes confiaron e invirtieron… sin las mypimes no se cómo comeremos… en lugar de sumar para aliviar las penurias del pueblo, restamos. Dios nos ayude con lo q se avecina

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