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Animalistas cubanos denuncian venta de un aura tiñosa en La Habana

Foto Collage: RRSS

Texto: Fede Gayardo 

El grupo Bienestar Animal Cuba (BAC) hizo pública una denuncia por la venta ilegal en La Habana de un aura tiñosa herida, la cual fue ofrecida “como si fuese un objeto cualquiera”.

De acuerdo con una publicación de BAC-Habana en su página de Facebook, la protectora Avril Gutiérrez detectó el pasado 30 de abril de 2025 en “Compra y Venta Güinera” un anuncio firmado por una usuaria llamada Mirelsy. En él, el ave silvestre aparecía confinada en una jaula y mostraba claros signos de maltrato.

Desde BAC-Habana advirtieron que la operación pasaba por alto la fragilidad del animal, las sanciones que conlleva y la imposibilidad de su supervivencia en cautiverio, pues “sin libertad de vuelo ni su dieta natural, morirá en horas”.

El comunicado recordó que someter a un animal a situaciones de este tipo vulnera lo establecido en el Decreto-Ley 31/2021 de Bienestar Animal y su reglamento (Decreto 38/2021), calificándose como infracción muy grave el “maltrato o privación de libertad” de especies protegidas. Asimismo, apuntaron que la Ley 81/1997 de Medio Ambiente prohíbe taxativamente el tráfico de fauna silvestre en territorio cubano.

Ante este episodio, BAC-Habana instó a la población a denunciar ante la PNR, remitir pruebas fotográficas o audiovisuales al correo de la organización, difundir la alerta en redes sociales y contactar a Sanidad Animal para que las autoridades procedan con la inspección y eventual liberación. “Exigimos la liberación inmediata del ave y sanciones ejemplares para los responsables”, concluyó el texto en la red social.

Los activistas también subrayaron que, pese a la normativa vigente, la protección animal en Cuba aún depende en gran medida de la iniciativa ciudadana y de los colectivos independientes, ya que el sistema institucional carece de mecanismos efectivos y transparentes para asegurar el bienestar de la fauna.

A pesar de la promulgación en 2021 del Decreto-Ley de Bienestar Animal, las frecuentes denuncias de colectivos y ciudadanos evidencian la escasa aplicabilidad de las normas, ya que el artículo 58, inciso h), establece que es infracción “comercializar, transportar, poseer, capturar, reproducir y cualquier otra acción de manejo de animales que se realice incumpliendo las disposiciones vigentes”.

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