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Texto: Redacción Cuba Noticias 360
El Ministerio cubano de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) recordó públicamente que el pluriempleo sí es legal. Pero no todo vale. La aclaración, basada en el artículo 28 del Código de Trabajo, dejó claro que, aunque posible, está sujeto a condiciones específicas.
2009 fue el año en que el pluriempleo dejó de ser tabú en la legislación cubana. Desde entonces, y según la actual Ley No. 116, un trabajador puede firmar un segundo contrato —incluso con una MIPYME— siempre que haya cumplido con su jornada principal. La clave está en el “después de”, no en el “mientras tanto”.
Doce horas diarias es el máximo permitido, recordó el MTSS. No más. Y no solo por cuestión legal, sino de salud, eficiencia y, en el fondo, de sentido común. El pluriempleo, sí, pero no a costa del agotamiento ni de la calidad del trabajo.
Las dudas de los ciudadanos no tardaron. ¿Cómo se paga? ¿A quiénes alcanza? ¿Y si mi horario es fijo? Un internauta señaló un punto clave: la rigidez de los pagos por hora en el sector estatal y su incompatibilidad con el pluriempleo. Propuso otra vía: teletrabajo y remuneración por resultados. “Lo importante aquí es el resultado”, añadió.
El Ministerio respondió: todo dependerá del tipo de cargo, la modalidad de trabajo (presencial, a distancia o teletrabajo) y, sobre todo, del acuerdo entre las partes. Es decir, mientras cumpla con las reglas, el cómo queda la negociación.
También preguntaron por operarios de limpieza, trabajadores de la gastronomía y custodios. ¿Ellos pueden trabajar después en el sector no estatal? La respuesta fue sí. Sin pasarse de las 12 horas y siempre que no haya conflictos con sus funciones principales.
En el caso de ser director o especialista principal, no puedes decidir por tu cuenta. El MTSS explicó que en esos casos, el pluriempleo debe contar con aprobación expresa de quien hizo el nombramiento. El compromiso con el cargo primario es prioritario.
¿Habrá margen para mejorar esta regulación? Según el MTSS, puede que sí. Entre septiembre y diciembre se abrirá el proceso de consulta popular del anteproyecto del nuevo Código de Trabajo. Será entonces cuando, más allá de preguntas, los ciudadanos puedan proponer cambios concretos.