Texto: Hugo León
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La Sala de los Delitos Contra la Seguridad del Estado en Función de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba sancionó a 12 años de privación de libertad a 2 ciudadanos por el delito relacionado con las drogas ilícitas o sustancias de efectos similares.
Los acusados tienen 25 y 30 años de edad, respectivamente, y su caso corresponde a la causa 28 del 2025, según nota de prensa del Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba, publicada en el periódico local Sierra Maestra.
El texto refiere que los acusados eran controlados por la Dirección Nacional Antidrogas, debido a sus continuadas acciones ilícitas.
Ellos, a pesar de conocer las prohibiciones existentes en el país para el expendio de drogas, y sus nefastas consecuencias para la salud cometieron el delito, agrega.
«En el momento de su detención los imputados se trasladaban en un ómnibus Transtur desde Santiago de Cuba hacia La Habana, y en la carretera central del municipio de Contramaestre fueron interceptados por autoridades del orden público».
Al revisar sus pertenencias se encontraron 501gramos de picadura vegetal de cannabis sativa, conocida comúnmente como marihuana, una balanza digital con restos de la citada planta y dinero en efectivo.
Tales acciones integran un delito relacionado con las drogas ilícitas o sustancias de efectos similares previsto y sancionado en el artículo 235.1 inciso a) y 2 g) del Código Penal, cuyo marco sancionador discurre de 10 a 30 años de privación de libertad, privación perpetua de libertad o muerte.
A los imputados, además de la privación de libertad por 12 años, se le fijaron las sanciones accesorias de la privación de derechos previstas en el Código Penal, la prohibición de salida del territorio nacional y el decomiso de la droga, la pesa digital y el dinero en efectivo proveniente de las negociaciones de drogas.
Según el Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba, en la tramitación de la causa y durante el acto de juicio oral, se cumplieron las garantías procesales y el respeto al debido proceso consagrado en la Constitución de la República de Cuba y en la Ley del Proceso Penal.
«Nuestra nación, en su política de tolerancia cero, no admitirá hechos que atenten contra la seguridad, la salud y la dignidad de los cubanos», concluye.
¿Qué dice la ley sobre el tráfico de drogas en Cuba?
Toda aquella persona en Cuba que produzca, transporte, trafique, adquiera, administre o dirija locales o viviendas que se utilicen para el consumo de las drogas recibirá sanciones de entre 4 y 30 años de privación de libertad.
También serán sancionados quienes introduzcan o extraigan sustancias ilícitas del territorio nacional o tenga en su poder con el propósito de traficarlas, así como los ciudadanos que fabriquen, transporten equipos, materiales o sustancias que se utilizan para el cultivo y la producción de las mismas.
La ley contempla igualmente sanciones severas para cuando se trate de funcionarios, empleados públicos, autoridades o sus agentes que faciliten los medios para la ejecución de estas actividades y que utilicen medios o recursos del Estado.
Si las personas en la transportación o tráfico ilícito internacional de drogas o sustancias de efectos similares penetran el territorio nacional por cualquier circunstancia, utilizando naves o aeronaves, la sanción puede variar desde 10 hasta 30 años de privación de libertad.
En los últimos tiempos el consumo se sustancias ilícitas ha proliferado en el país, lo cual ha llevado a las autoridades competentes a arreciar las acciones de prevención y control.
Durante la segunda quincena de este mes comenzó en todo el territorio nacional el Tercer ejercicio de prevención y enfrentamiento a los ilícitos de drogas, una estrategia que ha ayudado a obstaculizar operaciones de tráfico ilícito, incautar volúmenes de drogas, neutralizar a traficantes, controlar y desarrollar múltiples acciones integrales y preventivas en los barrios, entidades, en el sector estudiantil y en otras esferas de la sociedad.