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Declaración de impuestos para las Mipymes cubanas será exclusivamente en formato digital

Texto: Redacción Cuba Noticias 360

Foto: Cuba Noticias 360

La Resolución 8 de 2024 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), con fecha del 15 de febrero de 2024, en la Gaceta Oficial, estableció el formato exclusivamente digital para la declaración impuestos ante la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) por parte de todas las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) de Cuba.

Es decir que resultará obligatorio para las empresas con personalidad jurídica disponer de la presentación en formato digital de la Declaración Jurada.

La justificación de Vladimir Regueiro Ale, ministro de Finanzas y Precios, es la correspondencia con el avance del proceso de informatización de la sociedad cubana y se aplica con el objetivo de facilitar el trámite a los contribuyentes, así como perfeccionar los mecanismos de control fiscal.

De acuerdo con la Ley 113 del Sistema Tributario, del 23 de julio de 2012, se estableció, desde entonces, la obligación de realizar una Declaración Jurada sobre utilidades obtenidas, que debían presentar los sujetos imponibles anualmente, dentro del trimestre siguiente al cierre del año fiscal.

La actualización del MFP no cambia la normativa, solo estipula la digitalización de las declaraciones de impuestos.  Recordemos que las Mipymes están sujetas a un impuesto sobre utilidades del 35%.

A pesar de que muchas empresas no poseen las tecnologías de la informatización y las telecomunicaciones suficientes para ejecutar dicha resolución, el gobierno ha decidido implantar la digitalización del trámite.

Aparte de las utilidades, se deben pagar otros tributos como el impuesto sobre ventas o servicios, basado en un 10% del total de los ingresos mensuales. Así como impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, que corresponde al 5% de las remuneraciones mensuales a los empleados y la contribución a la Seguridad Social, con un 14% sobre el total de las remuneraciones mensuales.

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