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Nueva normativa del Banco Central de Cuba permitirá operar criptomonedas

Texto: Redacción Cuba Noticias 360

El Banco Central de Cuba (BCC) emitió la resolución 89 del 2022 que fue publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 43 del 26 de abril, la cual legaliza la presencia del bitcoin en la isla y regula el otorgamiento de licencias para operar con criptomonedas.

En agosto de 2021 el BCC aprobó la resolución 215 que ahora es tomada como base para la nueva normativa. El texto del pasado año dió atisbos sobre la regularización de esa actividad según los planes de las autoridades cubanas.

El resumen del sitio web de la Gaceta Oficial, afirma que la nueva resolución “establece los requisitos específicos para la autorización, funcionamiento, regulación, supervisión, vigilancia, mecanismos correctivos y cancelación de licencias a los proveedores de servicios de activos virtuales que operen en y desde el territorio nacional”.

El texto deja claro que para realizar actividades como proveedores de servicios de activos virtuales cualquier persona, ya sea natural o jurídica, deberá solicitar una licencia al BCC. Luego de hecha la solicitud se “evalúa la legalidad, oportunidad e interés socioeconómico de la iniciativa, las características del proyecto, la responsabilidad de los solicitantes y su experiencia en la actividad”.

En el caso de los inversionistas extranjeros que deseen establecerse en la isla deberán tramitar igualmente dicha licencia ante el BCC, sin importar que tengan o no un permiso como “proveedor de servicios de activos virtuales en otra jurisdicción”.

Los permisos que otorgará el BCC serán aprobados solamente durante un año, pero prorrogable por otro más, “dado el carácter experimental y novedoso de este tipo de actividad”. La institución cubana advirtió también que podría revocar la licencia concedida en cualquier momento, de conformidad con el Decreto-Ley 362.

Entre otros detalles se encuentran que en cualquiera de los casos, los solicitantes deberán informar cuál es el “capital inicial para el desarrollo de las actividades u operaciones autorizadas”, aspecto que el BCC tendrá en cuenta para los otorgamientos.

Además, destaca el hecho de que luego de otorgada la autorización deberán informarse todas las transferencias que superen los 1000 dólares, para lo cual el BCC será el encargado de “obtener, retener y transmitir la información de forma inmediata y segura”.

La entidad bancaria de la isla reafirma en la nueva normativa que el país está comprometido con la lucha contra el lavado de dinero, por tanto, si existen sospechas razonables “por las características de los participantes o las circunstancias de la operación de que se trata de un ilícito” cuentan con los mecanismos necesarios para actuar en el menor tiempo posible.

También establecen que “los proveedores de servicios de activos virtuales están bajo la supervisión de las unidades organizativas que designe el Banco Central de Cuba, con independencia de las inspecciones y controles que ejecuten otras autoridades previstas en la legislación vigente”.

Las regulaciones aprobadas en la Resolución 89 del 2022 entrarán en vigor el próximo 16 de mayo, tras haberse cumplido los  20 días de la publicación en la Gaceta Oficial según establecen las normas jurídicas de la isla. El texto está firmado por la Ministra Presidenta del BCC, Marta Sabina Wilson González.

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