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Publican las “Instrucciones” para solicitar la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática

Foto: Roy Leyra | CN360

Texto: Redacción Cuba Noticias 360

Las autoridades españolas publicaron las instrucciones para solicitar la nacionalidad según la nueva Ley de Memoria Democrática publicada oficialmente desde el pasado 20 de octubre.

El texto titulado “Instrucción de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática” fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este miércoles y ofrece las “directrices sobre el ejercicio y alcance de este derecho, así como las normas de procedimiento precisas para agilizar la tramitación de solicitudes en las Oficinas del Registro Civil”.

La nueva Ley de Memoria Democrática estableció la posibilidad de adquirir la nacionalidad española para los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.

Igualmente para los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.

Así como para los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.

El nuevo texto aclara que los interesados deberán formalizar la declaración de opción en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática.

También se enumeran y explican detalladamente los pasos y documentos necesarios que deben presentar los interesados para realizar su solicitud.

En fechas recientes, el ministro de Asuntos Exteriores de España, José Manuel Albares, envió una circular interna a las embajadas y consulados de ese país en el extranjero convocando a estar preparados ante el volumen significativo de solicitudes de nacionalidad que podrían presentarse luego de la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática.

Con esta normativa miles de cubanos podrían optar por la nacionalidad española, los cuales están aún a la espera de información por parte del Consulado General de España en La Habana acerca de cómo será llevado a cabo dicho proceso.

Ponemos a disposición de nuestros lectores el texto íntegro publicado en el BOE este 26 de octubre de 2022 pinchando aquí.

21 COMENTARIOS

  1. Por favor quisiera saber si los hijos mayores de edad de los padres que se hicieron por la ley 52/07deben de sacar citas, y si ya estas se esran dando.

  2. Por favor quisiera saber para cuando dan las citas y como solicitarle para mi hija que es m ayor de edad y no pudo obtener la nacionalidad por mi que me hice por la ley 52 de 2007 ley de nietos

  3. Buenas me gustaria preguntar mi bisabuelo era el español de origen mi abuelo se acojio a la ley 52/2007 y se realizo la ciudadania al igual q mis tios por ser nietos del espalol de origen mi mama por estar fallecida desde mi nacimiento no se pudo acojer a dicha ley me gustaria preguntar si existe la posibilidad de ahora acojerme a ducha ley

  4. Mi bisabuelo era español
    Mi abuela y mi papá nunca aplicaron por la ciudadanía y hoy están fallecidos. Me gustaria saber si ahora yo podría aplicar como hija mayor que no pudo aplicar en el 2007.

  5. les diré yo me leí las instrucciones y el BOE que se publicó este miércoles y hay un nuevo supuesto en uno 1 que explica los nacidos fuera de España de hijos y nietos que originalmente fuera español tiene opción y igual caso , pero los exiliados y después lo aclara más adelante

  6. yo he leído la resolución ministerial del ministerio de justicia que se publicó en el BOE del miércoles que en el primer supuesto explica los hijos y nietos que originalmente fuera español tiene derecho a la opción, más hijos y nietos de exiliados también tienen derecho de opción

  7. Mi abuelo era español, nunca se hizo ciudadano cubano. No apliqué la vez anterior, pregunto ¿tengo derecho a aplicar ahora? Gracias por la respuesta.

  8. Buenas tardes, si mi abuelo nacio en canarias y en el 1920 llegó a Cuba y por problemas económicos tuvo q hacerce ciudadano cubano en el año 1944 , pero en 1998 recupero su ciudadania de origen, mi padre a su vez se le aprobó la nacionalidad española por opción por el Art. 20.1.b del CC ley 36/02, tengo derecho a solicitarla en esta ocación y mis hijos tendran derecho, gracias

  9. Bd quisiera hacer una pregunta , mi esposo es hjo de un Español pero no se hizo ciudadanía en el momento q se hicieron , ahora mi hjo no se hizo tampoco el es nieto .Ahora para el obtener la ciudadanía se puede hacer sin q el padre no la tenga echa x dios quisiera q me contestaran muchas gracias y muchas bendiciones .

  10. Quiero saber si tengo derecho a la ciudadanía española, mi padre se iso ciudadano y
    Por la ley 36, mi abuelo nunca perdió la ciudadanía española

  11. buenas noches ,necesito saber cuando comienzan a dar las citas para los interezados en la nueva ley democratica espańola..
    agradecido

  12. Hola quisiera saber si mi papá nieto de español originariamente q entró a cuba en 1898 huyendo del servicio militar y no perdió su ciudadania puede aplicar. Saludos

  13. Quisiera saber si mi papá nieto de español q salió de españa en 1898 y nunca renunció a su ciudadania puede aplicar la ciudadania española. Saludos

  14. necesito saber si mi esposo como nieto de español q llegó a Cuba en 1920 no como exiliado siempre mantuvo ciudadania española, su mamá, hija del español, no se hizo ciudadana española por la ley anterior¿ el tiene derecho con esta nueva ley? responda por favor

  15. Hola buenas tardes, quisiera me ayudarán con una duda, soy nieta de español y quiero obtener el beneficio de la ley de nietos, tengo mi documentación completa ( creo, por que cuando uno las presenta siempre falta algo)… Bueno la duda es que si somos 7 nietos de solo dos hijos de abuelo, cuando se va a la embajada todos debemos presentar los documentos completos, o ellos abren un solo expediente con el primero que lo saqué y luego los 6 restaurantes llevan los personales?… O sea, a cada uno le abren un expediente con toda la documentación, o luego se anexan los personales al ya abierto?… Y lo otro sería ( y disculpe) , es verdad que debo tener también documentación de mi abuela que no era española? Pero si se casaron en Venezuela…. Atenta a su respuesta y mil gracias por su atención!!…

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