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Lo que necesitas saber sobre la importación y exportación de mascotas

Texto: Redacción Cuba Noticias 360

El Ministerio de la Agricultura (Minag) de Cuba explicó en días recientes el procedimiento para importar y exportar mascotas, a partir de las reiteradas consultas realizadas al Centro Nacional de Sanidad Animal.  

Según detalló el Minag a través de un comunicado, para que el responsable de una mascota la pueda sacar del territorio nacional, la autoridad veterinaria del país en cuestión lo debe aprobar mediante la expedición de un Certificado de Exportación.

En el documento, el médico veterinario debe plasmar los datos generales del animal: especie, raza, nombre de la mascota, edad, sexo, color e identificación del mismo (descripción de la chapilla, tatuaje o microchip), además, el nombre de la persona encargada de transportarlo.

Asimismo, es importante que se indique el estado general de salud de la mascota, si está desparasitada, si se le han administrado vacunaciones preventivas, siendo un requisito indispensable, que aparezcan los datos sobre la vacunación antirrábica.

El ente ministerial cubano precisó que el certificado deberá suscribir: tipo/marca de la vacuna antirrábica que se administró, dosificación, fecha, vigencia y número de lote, entre otros que se pueden aportar.

Luego de que la mascota arribe al país, los médicos veterinarios presentes en el aeropuerto se encargan de hacerle las pruebas físicas para comprobar que se corresponden con los datos recogidos en el certificado de exportación.

Si los especialistas comprueban tal correspondencia, entonces autorizan la entrada de la mascota, siempre registrando la dirección del lugar de residencia u hospedaje donde estará, para en los 15 días posteriores a la fecha de arribo, verificar el estado de salud del animal, que debe corresponderse con lo verificado mediante el certificado.

El Minag precisó que cuando ocurre una importación de una mascota a la isla, si la persona retorna hacia el país de origen en un período de hasta 30 días del arribo, el Certificado de Exportación con que entró el animal, puede servir para acreditar su regreso.

En caso de que la estancia en Cuba exceda los 30 días, aclaran que se debe tramitar la exportación en las clínicas de cuarentena del sistema de la sanidad animal de la provincia en que estuvo durante su permanencia en la isla.

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