Foto: Roy Leyra
Texto: Darcy Borrero
¿Cómo impacta la Resolución 176 del Banco a las regulaciones aduanales sobre quienes llegan a Cuba?
La Resolución 176 del Banco Central de Cuba, recientemente implementada, impide la aceptación temporal de dólares estadounidenses en efectivo en depósitos de cuentas bancarias, así como la compraventa de esa moneda. No obstante, de acuerdo con un reporte del estatal Canal Caribe, ello no supone “cambios en el pago del arancel en aduana de los viajeros que arriban a Cuba por vía aérea o marítima”.
En realidad, no supone cambios en los montos previstos para los pagos por concepto de aranceles, pero hay una transformación evidente que afectará a los viajeros provenientes de Estados Unidos y de otras economías dolarizadas, en tanto no podrán pagar en esa moneda sino que deberán portar las demás MLC autorizadas por el gobierno cubano.
Un funcionario de aduanas entrevistado por Canal Caribe, de hecho, reconoce que las monedas en las que podran pagar quienes entren a Cuba son los dólares canadienses, coronas danesas y suecas, franco suizo, euros, libras esterlinas y yen japones, ademas del peso cubano (CUP), bastante devaluado incluso tras la unificación monetaria que supuso el fin para el peso cubano convertible (CUC).
De parte de algunos medios internacionales con sede en Miami, la información que se ha generado incluye la alusión a posibles retenciones aduaneras y decomisos en caso de que las personas que arriben a Cuba solo tengan dólares estadounidenses para pagar los aranceles establecidos.
Quizás la noticia, planteada así, busque sobre todo alertar a la población cubana exiliada en esta ciudad y a lo largo de Estados Unidos sobre estas complicaciones que provoca la cancelación del dólar en la isla. La aduana sería uno de los espacios donde se vivan sus efectos, pero es una situación que afecta a quienes manejan dólares y durante años han enviado sus remesas a familiares, en tanto ahora, además de buscar los canales más efectivos para hacerlo, deben, cuando se trata de efectivo, cambiar a otras monedas no restringidas en Cuba.
La Resolución 176 del Banco Central de Cuba, del 15 de junio último, lo que dispone a los bancos e instituciones financieras no bancarias es no aceptar “temporalmente” dólares estadounidenses en efectivo, tales como depósitos en cuentas bancarias y compraventa de monedas “en interés de proteger al país ante los graves daños que causa el bloqueo económico, comercial y financiero contra nuestra nación”.
Para ello se apoya en “la situación creada a partir del incremento de la persecución financiera por parte del Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica; la inclusión de la República de Cuba en la lista de países patrocinadores del terrorismo, y de bancos e instituciones financieras no bancarias cubanas en la lista de entidades cubanas restringida”.
Y resuelve que los bancos e instituciones financieras no bancarias cubanas, según corresponda, no aceptarán dólares estadounidenses, en efectivo, de personas naturales y jurídicas, tales como depósitos en cuenta bancaria y compraventa de monedas, “hasta tanto se reviertan las condiciones que dan lugar a esta medida”. A la larga, además de “sacar de circulación” una moneda que ya alcanzaba precios astronómicos en el mercado informal y “defenderse”, parece que el gobierno cubano presiona para que las remesas fluyan directamente hacia GAESA vía sus tiendas en MLC y tarjetas, aunque ello tenga efectos colaterales como las trabas para quienes operan dólares en los países donde radican.