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Aumentan en Cuba las usurpaciones en casas: ¿cuáles son las particularidades de este delito?

Texto: Redacción Cuba Noticias 360

Debido a la crisis económica que sufren los cubanos tras el paso de la COVID-19 y el Ordenamiento Monetario, que ha provocado, entre otras consecuencias, la mayor oleada migratoria, fuentes oficiales indican un incremento en la usurpación de viviendas en Cuba a partir del 2022. 

Precisamente, esto fue una preocupación entre personas naturales y jurídicas, que determinó la reformulación de esta figura delictiva, la cual quedó previsto como delito en el Artículo 421 y 422 del Código Penal cubano, aprobado el 15 de mayo pasado. 

En correspondencia con este instrumento, el 2 de marzo de 2023, la Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó el dictamen 471 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular,  documento que detalla las particularidades de este delito, y lo más importante, deroga el engorroso procedimiento administrativo que en períodos anteriores lastraba la agilidad en la solución de estos procesos.

El primer paso sería comunicar al individuo ajeno a abandonar el inmueble, si este se niega se realiza la denuncia penal en la estación de policía, luego se notifica a la fiscalía, comienza la investigación del proceso y posteriormente se procede al plan de extracción por parte del MININT, aclara José Ramón González Guadarrama, juez a cargo de la Comunicación Institucional y Marketing del Tribunal Provincial Popular de Villa Clara. 

Este plan lleva una orden de registro y un acta de detención y los imputados tienen derecho a un abogado. Una vez realizado el plan de extracción, se presenta a la fiscalía en un término de 24 horas, y este órgano tiene 72 horas posteriores para valorar la medida cautelar (prisión provisional en la mayoría de los casos), declaran otras fuentes implicadas en el proceso. 

“Posteriormente el Tribunal radica la causa, se realiza el juicio oral con todos los elementos de prueba y se dicta la sentencia correspondiente, contra la cual se establece el recurso de apelación. Cuando ya la sentencia adquiere firmeza (o sea, no es apelable) se procede al desalojo con todos los miembros de la comunidad y las autoridades, y se restituye la legalidad de la vivienda”, añade una nota del portal oficialista de Cubadebate. 

Según datos ofrecidos,  gran parte de denuncias realizadas durante este 2023 que reclaman el cese de la usurpación no son los propietarios legales del inmueble, lo que de manera oficial requiere elementos probatorios como: los testigos y la titularidad de la casa.

Una duda es cómo se procede ante usurpaciones que ocurrieron antes de aprobarse el Código Penal en 2022, autoridades jurídicas explican que ese proceso se desarrolla como ocurría antes de establecerse la usurpación como delito.

“No sólo la fuerza física, la entrada forzosa o la violencia de género se advierten en los casos de usurpación. Algunos ocurren a partir de las decisiones propias de los titulares de los inmuebles que confían y dejan al usurpador al cuidado de la casa, y luego este a la hora de abandonar la vivienda se niega a salir”, explican fuentes jurídicas. 

El marco sancionador para los que cometan este delito incluye prisión de 6 meses a dos años, o multas de 200 a 500 cuotas para los que incurran en estos actos ilegales. Las sanciones se agravan de acuerdo a otros delitos asociados a estos hechos, y cada caso adquiere características diferentes.

1 COMENTARIO

  1. El principal problema es lo absurdo de la ley en Cuba que no permite conservar sus casas a los que emigran luego de 2 años. aquí la propiedad significa otra cosa.

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