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Embajada de Panamá informa sobre proceso de obtención de citas para evitar estafas

Foto: Roy Leyra | CN360

Texto: Redacción Cuba Noticias 360

La Embajada de Panamá informó sobre los trámites consulares que se realizan en su sede de La Habana y advirtió que las citas para los mismos “son totalmente gratuitas”.

A través de su perfil en Facebook, la sede consular amplió que los trámites de autenticación y legalización se realizan en el Consulado de Panamá en Cuba por medio de una cita previamente agendada.  

“Las citas para legalizar documentos NO tienen costo y no requieren de intermediarios. Evite ser estafado”, advirtió a todos los interesados en realizar este tipo de trámites.

Respecto a la obtención de citas para las legalizaciones, la embajada puso a disposición la dirección electrónica [email protected] o un enlace web, a través de los cuales se pueden solicitar dichos turnos.

El proceso incluye el llenado de un formulario con los datos del solicitante, después del envío del mismo “recibirá un primer correo confirmando la solicitud, y después, un segundo correo unos días después indicándole la fecha de su cita”.

Estos servicios consulares incluyen las inscripciones en el registro civil, autenticaciones, copias fieles y salvoconductos, para las cuales la embajada panameña publicó los precios que se deberán pagar por cada una.

Las tarifas consulares serán pagadas en dólares estadounidenses (USD) y las inscripciones en el registro civil, las autenticaciones y las copias fieles tendrán un costo de 30 USD, según amplía la publicación en la red social.

En tanto, el salvoconducto, destinado a ciudadanos panameños sin pasaporte para su regreso al país, tendrá un valor de 78 USD; y el pasaporte panameño varía entre 100 y 180 USD en dependencia del número de páginas que el ciudadano elija para su documento.

A finales de marzo pasado, el gobierno de Panamá firmó un decreto ejecutivo para modificar las condiciones y requisitos de la expedición de visas de tránsito para los cubanos que necesiten hacer una escala en ese territorio.

Publicado en la Gaceta Oficial de la República de Panamá, el Decreto No. 30, entregó en vigor inmediatamente y modificó los artículos 1, 2, 3 y 5 del Decreto Ejecutivo No. 162, promulgado en diciembre de 2022 donde se establece la visa de tránsito como requisito para los pasajeros cubanos.

En esa fecha, el gobierno panameño informó la extensión por tres meses del decreto que exige el visado de tránsito a los ciudadanos cubanos que hagan escala en el país, según informó en redes sociales su Consulado en Cuba.

La nueva normativa mantuvo dichos requisitos e introdujo una modificación agregando el libre visado de tránsito para “aquellos que demuestren tener contrato de trabajo en su país de destino, que contenga los sellos del registro de la autoridad competente en ese país, debidamente apostillado o legalizado según corresponda”.

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