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El 3 de enero en Cuba será día feriado remunerado para los trabajadores

Texto: Redacción Cuba Noticias 360

Foto: Cuba Noticias 360

El miércoles 3 de enero de 2024 será un día de descanso remunerado para los trabajadores de la isla, según ha declarado el gobierno cubano.

La ministra de Trabajo y Seguridad Social especificó que los empleadores de los sectores y actividades que no trabajan ese día, “pagarán a los trabajadores el salario básico, excepto si ese día coincide con su descanso semanal o con otros períodos en que perciben salario garantizado, licencia sin sueldo o subsidio de seguridad social”.

Por su parte, aquellos trabajadores que no pueden parar sus actividades, recibirán su salario según las normas y sistemas de pago vigentes en cada de las entidades.

Asimismo, como se conoce,  los días 31 de diciembre de 2023, 1 y 2 de enero de 2024, son de celebración nacional y festivos, por ello se suspenden las actividades laborales, excepto los relacionados con los siguientes sectores:

Azucarero y otros trabajos agrícolas urgentes, industrias de producción continua, tareas imprescindibles de carga y descarga; servicios de transporte y su aseguramiento técnico indispensable, hospitalarios y asistenciales, farmacias, expendios de combustible, funerarias, jardines vinculados con estas y cementerios, servicios de hospedaje, centros turísticos, comunicaciones, transmisiones de radio y televisión, servicios públicos básicos, actividades de pesca y otras que se determinen por las autoridades correspondientes.

Según el artículo 111 del Código de Trabajo, el salario se pagará de la siguiente manera:

“A los trabajadores cuyas actividades se detienen ese día y están sujetos a la forma de pago por resultados, se les paga el salario promedio, y los que están sujetos a la forma de pago por tiempo se les paga el salario diario, salvo cuando dichos días coincidan con su descanso semanal o con aquellos en que disfrutan de vacaciones anuales pagadas”.

Debe saber que, si por la naturaleza de su trabajo, debe ir a trabajar porque se le ha asignado como día laborable, recibe el doble de su salario por la producción o el tiempo trabajado, más los pagos adicionales establecidos.

Aquellos que estén cobrando garantías salariales la seguirán recibiendo, pero no se aplica el tratamiento salarial que se establece para los días de conmemoración nacional y feriados.

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